Desde este 2024, todos los 23 de julio, se conmemorará el heroico sacrificio del Capitán FAP José Abelardo Quiñonez con un feriado no laborable. Sin embargo, algunos empleos requieren seguir operativos durante el día festivo.
El Congreso de la República declaró Día de la Fuerza Aérea del Perú y feriado nacional el 23 de julio de cada año, en conmemoración al heroico sacrificio del capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales. Por ello, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó que todos los trabajadores deben gozar de un descanso remunerado, este martes 23 de julio.
Las personas quienes deban laborar esa fecha por requerimiento de su empresa y no les vayan a otorgar un día de descanso de sustitución,deben recibir un triple pago por ese día laborado.
Estos corresponden a los siguientes conceptos: una remuneración corresponde al día feriado, que ya está incluido en la remuneración mensual; la remuneración diaria correspondiente a la labor efectuada; y un monto adicional, que equivale a una sobretasa del 100 % de la remuneración diaria, correspondiente a la labor efectuada.
Si la remuneración mensual es de S/ 1025, la remuneración diaria es de 1025/30 = S/ 34,17
Entonces, por el feriado laborado, sin descanso sustituto, el trabajador recibiría S/ 34,17 por 3 = S/ 102,51.
Las empresas que incumplan con estos derechos del trabajador podrían percibir multas, dependiente del tipo de empresa, las cuales pueden fluctuar entre los S/ 1.184,50 soles a los S/ 270.529,50
FUENTE RPP.