DECRETA:
Artículo 1.- Convocatoria a Elecciones Regionales
Se convoca a Elecciones Regionales 2026 para
elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros
del consejo regional de los gobiernos regionales de los
departamentos de toda la República y de la Provincia
Constitucional del Callao, para el domingo 4 de octubre
de 2026.
Artículo 2.- Convocatoria a Elecciones Municipales
Se convoca a Elecciones Municipales 2026 para elegir
a alcaldes y regidores de los concejos provinciales y
concejos distritales de toda la República, para el domingo
4 de octubre de 2026.
Artículo 3.- Normas de aplicación
Las Elecciones Regionales y Municipales se rigen por
lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley N.º27683,
Ley de Elecciones Regionales, y la Ley N.º 26864,
Ley de Elecciones Municipales.
Artículo 4.- Inicio del proceso electoral
La presente convocatoria da inicio al proceso de
Elecciones Regionales y Municipales 2026.
La organización, ejecución y fiscalización del proceso
electoral corresponde a los organismos que conforman
el Sistema Electoral, de conformidad con la Constitución
Política del Perú y sus leyes orgánicas.
Artículo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días
del mes de enero del año dos mil veintiséis.
JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ
Presidente de la República
ERNESTO JULIO ÁLVAREZ MIRANDA
Presidente del Consejo de Ministros